Responsabilidad Social
Sistema de becas
COOPEMEP R.L. pone a disposición de los asociados y asociadas un excelente plan de becas para que sus hijos o nietos puedan realizar sus estudios con una ayuda económica mensual. Cada año con este sistema de becas se ven beneficiados cien estudiantes. La distribución anual de las becas es la siguiente:
• 2 becas de honor para primaria
• 2 becas de honor para secundaria.
• 43 becas regulares para primaria
• 43 becas regulares para secundaria.
• 5 becas para nietos(as) de asociados(as) en primaria.
• 5 becas para nietos(as) de asociados(as) en secundaria.
¿Quién analiza las solicitudes de becas?
El Comité de Educación y Bienestar Social es el encargado de analizar la documentación correspondiente para asignar las becas a los beneficiarios (as). La decisión se basa en criterios objetivos e inapelables que son evaluados según los requisitos solicitados, en el Formulario de Becas. En caso de existir igualdad de puntos de asignación, el beneficio se otorgará a quien tenga más tiempo de ser asociado o asociada a COOPEMEP. R.L.
¿Cuáles son los requisitos para optar por una beca?
• Poseer un buen historial académico.
• Los asociados(as) deben haber cotizado al menos 24 meses.
• Deben estar al día en sus obligaciones con la Cooperativa.
• Los futuros beneficiados(as) deben ser estudiantes regulares de una Institución Pública de primaria o secundaria, cuyo rendimiento académico no sea inferior a 65 en primaria y de 70 en secundaria.
• Completar el formulario Solicitud de Beca.
• Presentar estado de cuenta del asociado(a).
• Presentar original y copia de la nota del año anterior.
• Constancia de matrícula extendida por la Institución Educativa a la que asistirá el posible beneficiario(a).
• Constancia de nacimiento del estudiante emitido por el Registro Civil.
¿Cuándo debo presentar mi solicitud de beca?
• En el mes de Enero de cada año en cualquiera de nuestras Sucursales.
• Los asociados(as) que soliciten este beneficio el cual está sujeto a aprobación y análisis por parte del Comité de Educación y Bienestar Social, podrán optar por una beca por período escolar y por núcleo familiar.
Fondo de Ayuda Social (FAS)
El Fondo de Ayuda conocido como “FAS”, se sustenta con el aporte de los asociados(as) de COOPEMEP R.L. Este fondo de ayuda social, fue creado con el fin de realizar obras de carácter social para la Comunidad Nacional tanto para asociados(as), como para los que no son asociados(as), dando así el valor al sétimo Principio Cooperativo “Compromiso con la Comunidad”.
Para acceder al Fondo de Ayuda Social el asociado(a) tendrá que completar el formulario correspondiente, en el que se debe detallar la información personal y económica. También se debe adjuntar documentos probatorios de la situación económica u otra índole por la cual esta atravesando el o la asociado(a), es importante aclarar que este trámite es de manera personal ya sea en nuestras Oficinas Centrales o en la Sucursal más cercana.
Todas las solicitudes presentadas, son analizadas por una comisión, y será esta quién emita la recomendación al Consejo de Administración de la Cooperativa. El Consejo de Administración es el órgano que finalmente toma la decisión.
Fondo Mutual
El Fondo Mutual es un fondo común (no es un tipo de ahorro) para ayudar en caso de muerte de familiares en primer grado de consanguinidad o bien para los familiares en caso de fallecer el asociado(a).
El dinero que se aporta a este Fondo NO se reintegra, debido a que los aportes contribuyen al fortalecimiento del mismo fondo, de igual manera si se produjera la disolución del mismo.
El Fondo Mutual se ha creado con el objetivo de proporcionar auxilio económico a los familiares derechohabientes o beneficiarios del asociado(a) que fallece ó por muerte de familiares: (padre, madre, hijos, hermanos y cónyuge).
Tendrán derecho al Fondo Mutual todos los asociados(as) que cumplan con las obligaciones económicas contraídas con la Cooperativa así como con las disposiciones del Reglamento de Fondo Mutual.
Con el aporte de los mil quinientos colones por mes, su familia tendrá derecho a los siguientes beneficios:
• Cancelación de saldos de las operaciones crediticias del asociado(a).
• 2.5 millones distribuidos entre los beneficiarios de los asociados fallecidos en el mes.
• 8 millones de colones distribuidos entre los familiares en primer grado de consanguinidad (madre, padre, hijos(as), hijos(as), , hermanos(as) y cónyuge) del asociado(a), por un monto de 150 mil colones.
El auxilio se otorgará de la siguiente forma:
¢150.000.00 como adelanto en el momento de presentar la solicitud, si no existe duda para hacer este reclamo, la vigencia es de 60 días naturales tanto en fallecimiento de familiares de asociados(as) padre, madre, cónyuge, hermanos(as), hijos(as), hijos(as) no reconocidos como en fallecimiento de asociados(as) directos.
El monto a distribuir en caso de asociados(as) fallecidos es de 2 millones quinientos mil colones. Esto se distribuye en partes iguales entre el número de solicitudes presentadas. En caso de que el asociado(a) fallecido(a) posea créditos con la cooperativa, los saldos de las operaciones serán canceladas de forma inmediata, contra el fondo mutual, independientemente, de si la hoja de defunción indique o no las causas del fallecimiento.
Para tramitar este beneficio usted deberá cumplir con los siguientes requisitos:
• La persona fallecida deber tener a menos una cuota deducida de todos sus aportes coperativos.
• Encontrarse al día con todas las obligaciones contraídas con la Cooperativa.
• La solicitud debe presentarse durante los 60 días naturales posteriores a la defunción de la persona.
• Completar el formulario “Solicitud Fondo Mutual”.
• Presentar la fotocopia de la cédula de identidad de la persona fallecida.
• Presentar original y copia del acta de defunción.
• En caso de que la persona fallecida sea el cónyuge, se aportarán la constancia de matrimonio y en caso de hijos la constancia de nacimiento.
• Todos los documentos que se requieran para comprobar los lazos de consanguinidad.

Subsidio mÉdico
Los asociados (as) pueden solicitar este beneficio únicamente una vez al año. Para poder optar por el mismo, el asociado (a) debe contar con más de seis cuotas de Ahorro FONDO DE DESARROLLO (FODE) y encontrarse al día con las obligaciones contraídas en la Cooperativa.
El monto máximo de este tipo de ayuda es de hasta ¢15.000 y el asociado(a) debe de presentar las facturas a su nombre o de un familiar en primer grado, aportando en este caso documentación que demuestre el parentesco.
Las facturas deben traer el dispensado de timbraje o cédula jurídica y sello de cancelación. Las mismas deben ser presentadas en un plazo no mayor a 3 meses.
A continuación algunos ejemplos en los que este beneficio pueden aplicar:
• Por concepto de servicios médicos generales.
• Por compra de aparatos ortopédicos.
• Por utilización de servicios de oftalmología, odontología, farmacéutico.
Para hacer efectivo este servicio, se establece la siguiente escala de montos por concepto de gastos incurridos por el asociado(a):
Subsidio en caso especial
El subsidio por casos especiales se podrá recibir una vez al año, se deberá demostrar fehacientemente que se es merecedor(a) de dicho subsidio. El asociado(a) tiene derecho a solicitar el beneficio de subsidios para él, sus padres, su cónyuge o sus hijos dependientes, previa comprobación de su parentesco.
Algunos ejemplos en los que aplica el Subsidio en caso especial son:
• Incendio
• Accidentes.
• Inundación o cualquier tipo de desastre natural.
• Compra de sillas de ruedas, camas especiales
• Casos especiales.
Para tener derecho a solicitar el subsidio, el asociado(a) debe cumplir con las siguientes condiciones:
• Tener más de seis cuotas de Capital Social, FODE y Fondo Mutual con la Cooperativa.
• Estar al día en todas sus obligaciones con la Cooperativa, al momento de presentar la solicitud.
Los requisitos para solicitar el subsidio son:
• Llenar el formulario correspondiente.
• Presentar fotocopia de cédula de identidad.
• Presentar originales de constancias, facturas y los comprobantes que requieran en cada caso.
• Estado de Cuenta extendido por la Cooperativa.
Cuando se trate de subsidio por casos especiales, según el inciso b, del artículo 3 del Reglamento para el uso de la Reserva de Bienestar Social, el Comité de Educación y Bienestar Social debe realizar un estudio que incluirá revisión de documentos que justifiquen, visitas al asociado(a) o sus beneficiarios, al lugar del incidente para determinar el grado de necesidad del asociado(a) y así definir el monto a otorgar en cada caso, previo a la elaboración de un informe que contenga todos los documentos probatorios.
Charlas, capacitaciones, seminarios talleres
Mediante charlas, seminarios y talleres se divulga la filosofía y la doctrina cooperativa a: asociadas(os) activos, pensionados y potenciales, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia, Tribunal Electoral, Gerencia, funcionarios(as) de la cooperativa, para lograr la formación y capacitación necesarias, mediante el desarrollo de talleres, charlas seminarios y capacitaciones.
Además se desarrollan otras temáticas entre ellas:
• Finanzas familiares.
• Trabajo en Equipo.
• Análisis de estados financieros.
• Prevención de legitimación de capitales.
• Liderazgo cooperativo.
• Gobierno corporativo.