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Es un fondo común (no es ahorro) para ayuda en caso de muerte de
familiares en primer grado de consanguinidad o bien para los familiares en
caso de fallecer el asociado.
El dinero que se aporta a este Fondo NO se
reintegra, debido a que los aportes contribuyen al fortalecimiento del mismo
fondo.
Para que usted pueda disfrutar de este
beneficio necesita cotizar un mínimo de tres cuotas consecutivas
Al
fallecer un asociado los beneficiarios pueden reclamar un adelanto del fondo,
el monto de dicho adelanto es de ¢100.000.00, dos meses después de distribuye
¢2.000.000.00 menos los adelantos entre las personas que hayan presentado la
solicitud.
De igual
forma si el fallecimiento es de un familiar del asociado (en primer grado de
consanguinidad), se le entregará por
adelanto ¢100.000.00 y se distribuirá ¢5.000.000.00 (dos meses después) menos
los montos de los adelantos, entre los asociados que lo hayan reclamado.
Los siguientes son los requisitos para su
trámite:
· Encontrarse al día con todas las obligaciones contraídas con la
Cooperativa.
· La solicitud debe presentarse durante los 60 días naturales
posteriores a la defunción de la persona.
· Completar el formulario respectivo.
· Presentar la fotocopia de la cédula de identidad de la persona
fallecida.
· Presentar original y copia del acta de defunción.
· En caso de que la persona fallecida sea el cónyuge, se aportarán la
constancia de matrimonio y en caso de hijos la constancia de nacimiento.
· Todos los documentos que se requieran para comprobar los lazos de
consanguinidad.
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